Micelio

Artículo 1

º Las Fuerzas Armadas, Tendrán Un Representante En El Consejo Nacional Coordinador Para La Celebración Del Año Internacional De La Juventud, Creado Por El Decreto 2564 De 1984

Decreto 971 de 1985 · Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2564 de1984.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las Fuerzas Armadas, tendrán un representante en el Consejo Nacional Coordinador para la celebración del Año Internacional de la Juventud, creado por el Decreto 2564 de 1984.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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