Micelio

Artículo 3

Quedan Vigentes Los Decretos Números 385 Y 667 Del Presente Año, Que Fijan Sobre Sueldos Á Algunos Prefectos Y Alcaldes Provinciales, Cuya Partida Asciende A Mil Ciento Noventa Y Cinco Pesos Oro 1,195 Parágrafo

Decreto 740 de 1907 · Por el cual se reorganiza el Cuerpo de Gendarmería Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Quedan vigentes los Decretos números 385 y 667 del presente año, que fijan sobre sueldos á algunos Prefectos y Alcaldes provinciales, cuya partida asciende a mil ciento noventa y cinco pesos oro 1,195

Parágrafo

Los Prefectos y Alcaldes provinciales menciona dos que residan en acantona miento de Gendarmería tienen obligación de presar en ella el servicio efectivo que disponga la Comandancia general.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 740 de 1907