Artículo primero. Las Bibliotecas Seccionales de la Biblioteca Nacional que vienen funcionando en varios Municipios del país, se incorporan como dependencias de la Sección de Servicios Bibliotecarios del Ministerio de Educación, con efectividad desde el 1° de mayo de 1961.
Decreto 1960 de 1961 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1960 de 1961 · Por el cual se reorganizan las Bibliotecas Seccionales dependientes de la Biblioteca Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.