Artículo undécimo. El Secretario-Pagador-Almacenista manejará la partida asignada en el artículo 4º y los fondos con que contribuyan el Departamento, los Municipios u otra entidad con la que hayan celebrado acuerdos, convenios o contratos, y enviará mensualmente al Departamento Administrativo del Ministerio de Higiene copia de las erogaciones efectuadas durante el mes.
Decreto 3553 de 1948 →Vigente
Artículo 4
Y Los Fondos Con Que Contribuyan El Departamento, Los Municipios U Otra Entidad Con La Que Hayan Celebrado Acuerdos, Convenios O Contratos, Y Enviará Mensualmente Al Departamento Administrativo Del Ministerio De Higiene Copia De Las Erogaciones Efectuadas Durante El Mes
Decreto 3553 de 1948 · Por el cual se modifica el Decreto número 372 de 1948
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.