Micelio

Artículo 2

Ley 139 de 1959 · Por la cual se faculta al Gobierno para crear una escuela de capacitación técnica aduanera y organizar su funcionamiento

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los alumnos que se matricularen en la escuela tendrán derecho a una Pensión de estudio que fijara asimismo el gobierno siempre que no Estuvieren desempeñando algún empleo público, y deberán otorgar fianza Para garantizar que al término de enseñanza prestaran servicio en Dependencias de la dirección nacional de aduanas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 139 de 1959