Micelio

Artículo 57

Posesiones : El Gerente Y Los Miembros De La Junta Directiva Que No Sean Empleados Públicos, Tomarán Posesión De Sus Cargos Snte El Ministerio De Defensa Nacional; Los Empleados Lo Harán Ante El Gerente O En Quien Este Delegue Dicha Función

Decreto 591 de 1977 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana, S. A.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 57. Posesiones : El Gerente y los miembros de la Junta Directiva que no sean empleados públicos, tomarán posesión de sus cargos snte el Ministerio de Defensa Nacional; los empleados lo harán ante el Gerente o en quien este delegue dicha función. Las certificaciones sobre posesión, tiempo de servicios y demás modalidades anexas al cargo, serán expedidas por el funcionario ante el cual se toma posesión.

Parágrafo

En la fecha en que el Gerente tome posesión, será inscrita en la Cámara de Comercio de esta ciudad el acta de fa Junta Directiva a que se ref iere el ordinal b) del articulo 24, a fin de que aquélla certifique sobre la personería del Gerente, conforme a las normas comerciales. En la misma forma y para los mismos efectos, se procederá, respecto de los Subgerentes, como suplentes del Gerente. El Revisor Fiscal y su suplente se posesionarán ante el funcionario competente de la Contrataría General de la República, y en la misma fecha se inscribirá el acta de la Asamblea en que conste su nombramiento. CAPITULO IX Balances, reservas, distribución y capitalización de utilidades.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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