Micelio

Artículo 2

Ley 2228 de 2022 · por medio de la cual la Nación se asocia al Tricentésimo Aniversario de la Fundación del municipio de Cereté, departamento de Córdoba y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorícese al Gobierno nacional para que, de conformidad con los artículos 288, 334, 339, 341, 345, 356 y 366 de la Constitución Política, la Ley 715 de 2001 y sus decretos reglamentarios, y la Ley 819 de 2003, concurra incorporando dentro del Presupuesto General de la Nación las partidas presupuestales necesarias, a fin de adelantar las siguientes obras de utilidad pública y de interés social en beneficio de la comunidad del municipio de Cereté, tales como:

1.

Construcción de un nuevo Palacio Municipal.

2.

Mejoramiento y ampliación de las redes de acueducto y alcanta­rillado del municipio, tanto en la zona urbana como en la rural.

3.

Construcción de la planta de tratamiento de aguas residuales del municipio.

4.

Modernización de la infraestructura locativa y dotación del Hospital Sandiego.

5.

Recuperación del cauce fluvial “Caño Bugre” desde su inicio, en el punto conocido como “Boca de la Ceiba”, hasta su desem­bocadura original.

6.

Construcción y modernización de la infraestructura de la Villa Olímpica del Municipio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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