Micelio

Artículo 1

Ley 25 de 1987 · por la cual se reforma parcialmente y se adiciona el Decreto 80 de 1980, que organiza el sistema de educación post-secundaria.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El último inciso del artículo 46 del Decreto 80 de 1980 quedará así:

"Los programas de formación académica de que tratan los artículos 35 y 36 están reservados a las instituciones reconocidas legalmente como universidades al tenor del artículo siguiente o a aquellas que no han obtenido ese reconocimiento por faltarles únicamente el primero de los requisitos en él señalados".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 25 de 1987