Micelio

Artículo 47

De La Divisi Ón De Interpol

Decreto 512 de 1989 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de Seguridad y se establecen las funciones generales de la entidad específicas de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la Divisi ón de INTERPOL . Corresponde a la División de INTERPOL

a)

Actuar como Oficina Central Nacional, O.C.N., de la Organización Internacional de Policía Criminal, con arreglo a las prescripciones y estatutos de la misma.

b)

Coordinar con las diversas dependencias del Departamento y con las autoridades judiciales y de policía las labores encaminadas a prestar asistencia a los países pertenecientes a INTERPOL.

c)

Atender los servicios de comunicaciones, traducción, archivos y los demás que resulten indispensables para lograr las finalidades de policía criminal que INTERPOL tiene previstas.

d)

Mantener actualizados los archivos y registros estadísticos relacionados con informaciones de INTERPOL.

e)

Obtener documentación en materia penal, procesal y de policía de los países miembros de la organización y adelantar estudios sobre legislación comparada en esos temas.

f)

Coordinar con la Dirección de Investigación y Seguridad Rural y con las autoridades administración y judiciales los trámites de extradición activa o pasiva. CAPITULO VIII. De las Unidades Seccionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 512 de 1989