Micelio

Artículo 27

Decreto 1770 de 1994 · por el cual se reglamenta parcialmente los artículos 13, 14 y 16 de la Ley 60 de 1993, en relación con la certificación de requisitos para la administración autónoma del Situado Fiscal para la salud por parte de los Departamentos, Distritos y Municipios, son procedimientos y formalidades

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos técnicos. El diseño de la Red, aprobado por el respectivo acto administrativo deberá tener como mínimo lo siguiente

1.

Realizar un diagnóstico de la oferta de servicios, consistente en: Inventario institucional por niveles de atención que especifique la naturaleza jurídica de cada institución y área a servir, que incluya además un diagnóstico pormenorizado del recurso humano, técnico y financiero. Se sugiere la realización de una cartografía en donde se incluya de manera gráfica y didáctica los elementos del inventario de que trata este punto.

2.

Realizar un diagnóstico de la demanda de servicios que incluya

a)

El diagnóstico epidemiológico con sus respectivos índices de salud, situación de saneamiento básico como alcantarillado, acueducto, disposición de excretas, plazas de mercado, mataderos, energía y teléfono; y situación ecológica en aspectos como de forestación, contaminación, manejo de desechos, entre otros.

b)

El diagnóstico socioeconómico y cultural con sus respectivos índices demográficos. Se debe tener en este punto la relación de necesidades reales y necesidades sentidas con una descripción detallada de todas aquellas zonas en donde se presentan necesidades básicas insatisfechas (N.B.I.).

3.

División en subregiones del Ente Territorial según criterios geográficos, sociales, culturales o económicos para facilitar la organización y funcionamiento de la Red de Servicios. Se sugiere realizar esta división utilizando sólo uno de los criterios mencionados, siempre que dicha división permita prever un mejor funcionamiento de la Red de Servicios para cumplir con el propósito a que se refiere la definición de la Red de Servicios.

4.

Realizar una relación entre el diagnóstico de oferta y el diagnóstico de la demanda, prospectando los requerimientos de la red de servicios.

5.

Realizar una descripción detallada de la disponibilidad, según criterios de calidad y cantidad de los siguientes subsistemas de apoyo

a)

Información,

b)

Comunicación y transporte,

c)

Financiero, y

d)

Educación.

6.

Jerarquización de las necesidades y problemas de salud según: a) Tasas de incidencia y prevalencia, tasas de morbimortalidad, estado presente de la transición epidemiológica del ente territorial y de las subregiones de que trata el numeral 3 de este artículo; b) estado presente de la realidad política, social y cultural del ente territorial y de las subregiones de que trata el numeral 3 de este artículo; c) Relación de necesidades reales y necesidades sentidas de la población de acuerdo al conjunto de la información obtenida en las diversas organizaciones que la comunidad tenga.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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