° Los exámenes de cultura general y de conocimientos periodísticos en cada una de las especialidades a que se refieren los literales c) y d) del artículo 3º de la Ley 36 de 1973, se practicarán por las facultades de periodismo que designe el Ministerio de Educación a través de providencia que determine las materias sobre las cuales deban versar dichos exámenes teniendo en cuenta el nivel académico de que se trata.
Decreto 1292 de 1974 →Vigente
Artículo 6
Los Exámenes De Cultura General Y De Conocimientos Periodísticos En Cada Una De Las Especialidades A Que Se Refieren Los Literales C) Y D) Del Artículo 3º De La Ley 36 De 1973, Se Practicarán Por Las Facultades De Periodismo Que Designe El Ministerio De Educación A Través De Providencia Que Determine Las Materias Sobre Las Cuales Deban Versar Dichos Exámenes Teniendo En Cuenta El Nivel Académico De Que Se Trata
Decreto 1292 de 1974 · Por el cual se reglamenta la Ley 36 de 1973.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.