Micelio

Artículo 55

Si Resolviere Afirmativamente La Segunda Cuestión, No Resolverá El Jurado La Tercera

Decreto 635 de 1886 · Sobre libertad de imprenta, y juicios que se siguen por los abusos de la misma

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 55. Las cuestiones deben formularse de la manera siguiente: 1°. ¿Producen descrédito ó deshonra las imputaciones del impreso acusado, y á que se refiere el acusador en su escrito de acusación 2°. ¿Está probada la verdad de las mencionadas imputaciones 3°. En qué grado debe calificarse el delito Si el Jurado resolviere negativamente la primera cuestión, no resolverá las demás; pero si resolviere afirmativamente dicha cuestión, se ocupará en la consideración de la segunda. Si resolviere negativamente la segunda cuestión, se ocupará en la resolución de la tercera y determinará el grado del delito, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Artículo 39. Si resolviere afirmativamente la segunda cuestión, no resolverá el Jurado la tercera

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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