Micelio

Artículo 20

Los Consejos De Guerra Ordinarios Serán Pre­sididos Por El Comandante Del Cuerpo De Tropas, Base Aérea O Naval, O Por El Capitán Del Buque De Guerra A Que Pertenezca El Sindicado

Decreto 2900 de 1953 · Por el cual se dictan varias disposiciones sobre Justicia Penal Militar

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Consejos de Guerra ordinarios serán pre­sididos por el Comandante del Cuerpo de Tropas, Base Aérea o Naval, o por el Capitán del Buque de guerra a que pertenezca el sindicado. CAPITULO V Consejos de Guerra Verbales, superiores u ordinarios

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2900 de 1953