º. Son funciones del Secretario General: a)Atender bajo la Dirección del Superintendente y por conducto de las distintas dependencias del organismo, la presentación de los servicios y la ejecución de los programas adoptados; b) Velar por el cumplimiento de las normas orgánicas de la Superintendencia, por el eficiente desempeño de las funciones técnicas y administrativas de la misma y coordinar las actividades de las distintas dependencias; c) Autorizar con su firma los actos del Superintendente, cuando fuere el caso; d) Ejercer las funciones que el Superintendente le delegue; e) Revisar las providencias administrativas y demás documentos que deban someterse a la aprobación del Superintendente; f) Dirigir de acuerdo con la Oficina de Planeación y con la Dirección Administrativa, la elaboración de los proyectos de presupuesto de inversión y de funcionamiento del organismo y presentarlos al Superintendente; acompañados de su explicación y de la justificación detallada de cada una de las apropiaciones; g) Informar periódicamente al Superintendente sobre el despacho de los asuntos de la entidad y el estado de ejecución de los programas de la misma; h) Llevar la representación del Superintendente cuando éste lo determine, en actos o asuntos de carácter técnico o administrativo; i) Coordinar los planes de visitas ordinarias y especiales en asocio del Director de Vigilancia; j) Coordinar y supervisar la preparación de cursos y conferencias sobre notariado, registros de instrumentos públicos y registro del estado civil de las personas; k) Las demás que le sean asignadas y que le correspondan a la naturaleza del cargo.
Artículo 17
Son Funciones Del Secretario General: A)atender Bajo La Dirección Del Superintendente Y Por Conducto De Las Distintas Dependencias Del Organismo, La Presentación De Los Servicios Y La Ejecución De Los Programas Adoptados; B) Velar Por El Cumplimiento De Las Normas Orgánicas De La Superintendencia, Por El Eficiente Desempeño De Las Funciones Técnicas Y Administrativas De La Misma Y Coordinar Las Actividades De Las Distintas Dependencias; C) Autorizar Con Su Firma Los Actos Del Superintendente, Cuando Fuere El Caso; D) Ejercer Las Funciones Que El Superintendente Le Delegue; E) Revisar Las Providencias Administrativas Y Demás Documentos Que Deban Someterse A La Aprobación Del Superintendente; F) Dirigir De Acuerdo Con La Oficina De Planeación Y Con La Dirección Administrativa, La Elaboración De Los Proyectos De Presupuesto De Inversión Y De Funcionamiento Del Organismo Y Presentarlos Al Superintendente; Acompañados De Su Explicación Y De La Justificación Detallada De Cada Una De Las Apropiaciones; G) Informar Periódicamente Al Superintendente Sobre El Despacho De Los Asuntos De La Entidad Y El Estado De Ejecución De Los Programas De La Misma; H) Llevar La Representación Del Superintendente Cuando Éste Lo Determine, En Actos O Asuntos De Carácter Técnico O Administrativo; I) Coordinar Los Planes De Visitas Ordinarias Y Especiales En Asocio Del Director De Vigilancia; J) Coordinar Y Supervisar La Preparación De Cursos Y Conferencias Sobre Notariado, Registros De Instrumentos Públicos Y Registro Del Estado Civil De Las Personas; K) Las Demás Que Le Sean Asignadas Y Que Le Correspondan A La Naturaleza Del Cargo
Decreto 2695 de 1977 · Por el cual se establecen la estructura, la organización y las atribuciones de la Superintendencia de Notariado y Registro
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.