Micelio

Artículo 17

Son Funciones Del Secretario General: A)atender Bajo La Dirección Del Superintendente Y Por Conducto De Las Distintas Dependencias Del Organismo, La Presentación De Los Servicios Y La Ejecución De Los Programas Adoptados; B) Velar Por El Cumplimiento De Las Normas Orgánicas De La Superintendencia, Por El Eficiente Desempeño De Las Funciones Técnicas Y Administrativas De La Misma Y Coordinar Las Actividades De Las Distintas Dependencias; C) Autorizar Con Su Firma Los Actos Del Superintendente, Cuando Fuere El Caso; D) Ejercer Las Funciones Que El Superintendente Le Delegue; E) Revisar Las Providencias Administrativas Y Demás Documentos Que Deban Someterse A La Aprobación Del Superintendente; F) Dirigir De Acuerdo Con La Oficina De Planeación Y Con La Dirección Administrativa, La Elaboración De Los Proyectos De Presupuesto De Inversión Y De Funcionamiento Del Organismo Y Presentarlos Al Superintendente; Acompañados De Su Explicación Y De La Justificación Detallada De Cada Una De Las Apropiaciones; G) Informar Periódicamente Al Superintendente Sobre El Despacho De Los Asuntos De La Entidad Y El Estado De Ejecución De Los Programas De La Misma; H) Llevar La Representación Del Superintendente Cuando Éste Lo Determine, En Actos O Asuntos De Carácter Técnico O Administrativo; I) Coordinar Los Planes De Visitas Ordinarias Y Especiales En Asocio Del Director De Vigilancia; J) Coordinar Y Supervisar La Preparación De Cursos Y Conferencias Sobre Notariado, Registros De Instrumentos Públicos Y Registro Del Estado Civil De Las Personas; K) Las Demás Que Le Sean Asignadas Y Que Le Correspondan A La Naturaleza Del Cargo

Decreto 2695 de 1977 · Por el cual se establecen la estructura, la organización y las atribuciones de la Superintendencia de Notariado y Registro

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Son funciones del Secretario General: a)Atender bajo la Dirección del Superintendente y por conducto de las distintas dependencias del organismo, la presentación de los servicios y la ejecución de los programas adoptados; b) Velar por el cumplimiento de las normas orgánicas de la Superintendencia, por el eficiente desempeño de las funciones técnicas y administrativas de la misma y coordinar las actividades de las distintas dependencias; c) Autorizar con su firma los actos del Superintendente, cuando fuere el caso; d) Ejercer las funciones que el Superintendente le delegue; e) Revisar las providencias administrativas y demás documentos que deban someterse a la aprobación del Superintendente; f) Dirigir de acuerdo con la Oficina de Planeación y con la Dirección Administrativa, la elaboración de los proyectos de presupuesto de inversión y de funcionamiento del organismo y presentarlos al Superintendente; acompañados de su explicación y de la justificación detallada de cada una de las apropiaciones; g) Informar periódicamente al Superintendente sobre el despacho de los asuntos de la entidad y el estado de ejecución de los programas de la misma; h) Llevar la representación del Superintendente cuando éste lo determine, en actos o asuntos de carácter técnico o administrativo; i) Coordinar los planes de visitas ordinarias y especiales en asocio del Director de Vigilancia; j) Coordinar y supervisar la preparación de cursos y conferencias sobre notariado, registros de instrumentos públicos y registro del estado civil de las personas; k) Las demás que le sean asignadas y que le correspondan a la naturaleza del cargo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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