Micelio

Artículo 1

Fíjase A Partir Del 1° De Julio De 1988, Para Efectos Del Pago Que El Banco De La República Deba Efectuar Por Concepto De Las Sumas A Que Tengan Derecho Los Funcionarios De Las Misiones Diplomáticas Y Consulares De La República, Una Tasa De Cambio De Dos (2

Decreto 1179 de 1988 · por el cual se modifica el Decreto número 3031 del 27 de octubre de 1983.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Fíjase a partir del 1° de julio de 1988, para efectos del pago que el Banco de la República deba efectuar por concepto de las sumas a que tengan derecho los funcionarios de las Misiones Diplomáticas y Consulares de la República, una tasa de cambio de dos (2.0) francos suizos o marcos alemanes por dólar de Estados Unidos de América, a las Misiones acreditadas en los países que se indican a continuación

a)

En francos suizos: China, Rumania y Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas.

b)

En marcos alemanes: Alemania R. D., Bulgaria, Checoslovaquia, Hungría, Polonia y Yugoslavia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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