Micelio

Artículo 10.2.1.1.1

Definiciones

Decreto 2555 de 2010 · por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Definiciones. Para efectos del presente Título se adoptan las siguientes definiciones

a)

Sistema de administración del riesgo de garantías. Corresponde al conjunto de políticas, procedimientos y metodologías técnicas orientadas a la identificación, medición, evaluación, seguimiento y control de los riesgos que asume el Fondo Nacional de Garantías S.A.-FNG, en desarrollo de su objeto social, cuya gestión le permite calcular su nivel de reservas técnicas;

b)

Patrimonio técnico. Corresponde al respaldo efectivo con que cuenta el Fondo Nacional de Garantías S. A., para apalancar la emisión de garantías y la inversión de sus activos;

c)

Relación de solvencia. El Fondo Nacional de Garantías S.A-FNG deberá cumplir y acreditar en forma permanente una relación de solvencia, la cual se calculará con base en el patrimonio técnico, el cual debe tener una relación directa con el riesgo asumido en su calidad de garante, en las diversas modalidades. Se entiende por relación de solvencia el valor del patrimonio técnico, dividido por la suma del valor de los activos y contingencias ponderados por nivel de riesgo más el saldo de la exposición a riesgo de mercado, todo ello calculado en los términos establecidos en el presente título. Esta relación se expresa en términos porcentuales. La relación mínima de solvencia del Fondo Nacional de Garantías S. A-FNG será del nueve por ciento (9%).

d)

Reservas técnicas. Corresponde al monto de recursos con los cuales debe contar el Fondo Nacional de Garantías S. A.-FNG para honrar en forma adecuada y oportuna los compromisos adquiridos en desarrollo de su objeto social;

e)

Riesgo de mercado. Corresponde a la probabilidad de que el Fondo Nacional de Garantías S. A.-FNG, incurra en pérdidas y se disminuya el valor de su patrimonio técnico como consecuencia de cambios en el precio de los instrumentos financieros en los que la entidad mantenga posiciones dentro o fuera del balance. Estos cambios en el precio de los instrumentos se pueden presentar como resultado de las fluctuaciones en las tasas de interés, tipos de cambio y otros índices.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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