° Para el cumplimiento de los objetivos a que se refiere el artículo anterior, son funciones de la Escuela, las siguientes
Preparar, a nivel superior, personal para la Administración Pública. Esta preparación se hará en dos etapas: una consagrada al estudio de las disciplinas y conocimientos generales de las ciencias políticas y administrativas, y otra de especialización o diversificación en ramas determinadas que irá señalando, de acuerdo con las necesidades del servicio público, el Consejo Directivo. Podrán ingresar a la etapa de especialización o diversificación quienes hayan adelantado en otra institución universitaria cursos de preparación general que comprendan tas materias que señalen como mínimo los reglamentos académicos de la Escuela, de acuerdo con las normas que sobre la transferencia de estudiantes establezcan las regulaciones universitarias. Podrán, igualmente, pasar a la segunda etapa los alumnos que hayan adelantado con éxito en la misma Escuela los cursos correspondientes a la primera etapa.
Impartir, en carreras intermedias de corta duración a niveles medio y superior, los conocimientos indispensables para ejercer funciones específicas dentro de la Administración Pública;
Impartir enseñanza para mejorar la preparación de lo* empleados públicos que forman los niveles medio y superior de la Administración Pública;
Adelantar programas de adiestramiento del personal en servicio, para la enseñanza de las técnicas básicas requeridas para satisfacer las necesidades permanentes de racionalización y modernización de la Administración Pública;
Realizar programas de especialización y cursos de post-grado, regulares y avanzados, de acuerdo con la ley, destinados para los graduados universitarios que deseen seguir carreras administrativas en disciplinas propias de nivel de gerencia administrativa, y en las fundamentales para el cumplimiento de los planes de desarrollo, en campos de la administración, tales como: el financiero y fiscal, el social, el regional y local, y en materias relacionadas con los procesos de planificación y programación, desde el punto de vista administrativo;
Proyectar y, cuando fuere el caso, realizar cursos que habiliten a los empleados para que puedan presentarse a los concursos que se realicen para ascensos dentro de la Carrera Administrativa;
Realizar investigaciones y estudios de los problemas nacionales de naturaleza administrativa que permitan el conocimiento de las situaciones que afronta la Administración Pública, en sus distintos niveles, y que sirvan como instrumento para el desarrollo de los programas de la Escuela;
Divulgar el resultado de las investigaciones y estudios que realice, y formar un centro de documentación y difusión de las ciencias y técnicas concernientes a la Administración Pública;
Promover programas de capacitación para funcionarios de los niveles regional y local;
Actuar, a solicitud del Gobierno, como órgano consultivo para estudiar y proponer soluciones a problemas de racionalización y modernización de la Administración Pública, dentro del ámbito de sus investigaciones y estudios;
Mantener relaciones con personas e instituciones nacionales, internacionales o extranjeras interesadas en los problemas de la Administración Pública, especialmente con las que se dedican a la investigación y a la docencia en este campo. CAPITULO III Organización