Micelio

Artículo 4

Decreto 2099 de 2008 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2331 de 2001.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Modifícase el artículo 6º del Decreto 2331 de 2001 el cual quedará así: " Artículo 6° . Bienes a importar. Podrán importarse al amparo del Sistema Especial de Importación-Exportación para la Exportación de Servicios, los Bienes de Capital, correspondientes a las subpartidas arancelarias que se señalan en el artículo 1º del Decreto 2394 de 2002 con sus modificaciones y/o adiciones.

Parágrafo 1

Los Bienes de Capital, equipos y repuestos, así importados quedan con disposición restringida.

Parágrafo 2

Las mercancías que se encuentran sometidas a permisos, restricciones, licencias o cualquier tipo de autorización administrativa para su ingreso, deberán obtener los permisos correspondientes".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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