Micelio

Artículo 82

De Acuerdo Con La Reforma Plebiscitaria Del Año Da 1957, La Mayoría De Las Dos Terceras Partes De Los Votos Declara La Voluntad Del Consejo

Decreto 466 de 1964 · Por el cual se aprueba, con modificaciones y adiciones, el Acuerdo número 1 de 1963 (enero 30), del Consejo Intendencial de Arauca, sobre reglamento para el funcionamiento interno del Consejo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De acuerdo con la reforma plebiscitaria del año da 1957, la mayoría de las dos terceras partes de los votos declara la voluntad del Consejo. No obstante, valdrá la simple mayoría absoluta en los casos que determine la ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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