Micelio

Artículo 1

Decreto 2272 de 1955 · Por el cual se dictan medidas para la ejecución de obras en las vías públicas nacionales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. El Gobierno queda facultado para establecer y cobrar pontazgo y peajes en las vías públicas nacionales, sin perjuicio de los contratos de concesión de que tratan los Decretos números 3145 de 1954 y 0911 de 1955.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2272 de 1955