Micelio

Artículo 2

º Elección De Los Representantes De Los Empleadores

Decreto 623 de 1994 · por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 101 de 1993

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Elección de los representantes de los empleadores. Los representes de los empleadores en el Consejo Directivo de la Caja de Compensación Familiar Campesina, serán los que tenga la mayoría de votos en cada una de las regiones Corpes, mediante votación ponderada determinada por los siguientes factores

a)

Cada empleador afiliado tendrá derecho a un (1) voto por el hecho de tener afiliación vigente a la Caja de Compensación Familiar Campesina, y

b)

Un (1) voto más por cada cincuenta (50) trabajadores afiliados vinculados laboralmente al empleador que excedan los primeros cincuenta (50) trabajadores de la empresa afiliada a la Caja.

Parágrafo 1

La Caja de Compensación Familiar Campesina determinará la ponderación correspondiente y en la reunión dará a conocer el número de votos a que tienen derecho cada uno de los empleadores con base en las afiliaciones vigentes a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior a la convocatoria y de acuerdo con los registros correspondientes.

Parágrafo 2

La Caja de Compensación Familiar Campesina determinará los lugares mecanismos y demás circunstancias necesarias para llevar a cabo las reuniones y las consiguientes elecciones de los representantes.

Parágrafo 3

Los empleadores que sean candidatizados y resulten elegidos deberán pertenecer a empresas afiliadas a la Caja de Compensación Familiar Campesina como requisito para conservar su representación en el Consejo Directivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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