Secreto bancario. Ningún empleado o funcionario podrá revelar las operaciones del Banco, salvo que lo exijan entidades o funcionarios que de acuerdo con los estatutos puedan conocerlas o alguna autoridad facultada legalmente para enterarse de ellas.
Decreto 1918 de 1991 →Vigente
Artículo 65
Decreto 1918 de 1991 · por el cual se aprueba una reforma de los Estatutos del Banco Tequendama.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.