ARTICULO 68 . CONSECUENCIA DE LA EVALUACIÓN Y CLASIFICACIÓN EVENTUAL. Si como resultado de una evaluación y clasificación eventual, el evaluado queda clasificado en lista tres (3), será retirado de la institución por conducta deficiente.
Decreto 354 de 1994 →Vigente
Artículo 68
Decreto 354 de 1994 · por el cual se modifica el reglamento de evaluación y clasificación para el personal de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.