Micelio

Artículo 12

Los Reajuste Salariales Que Se Dispongan Para Los Organismos Con Sistema Especial De Remuneración, No Podrán Ser Superiores Al Ordenado Por Este Decreto

Decreto 2924 de 1978 · Por el cual se modifican las escalas de remuneración de los empleos de los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos y Unidades Administrativas Especiales del orden nacional y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los reajuste salariales que se dispongan para los organismos con sistema especial de remuneración, no podrán ser superiores al ordenado por este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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