Micelio

Artículo 2

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Del Ministerio De Educacion Nacional Capítulo 47

Decreto 948 de 1938 · Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto vigente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL Capítulo 47. Institutos varios. Capítulo 47. Institutos varios. Del artículo 320. Para completar el pago del edificio de la Escuela Nacional de Minas de Medellín, y, en general, para dar cumplimiento a la Ley 171 de 1936 $ 30.000 Capítulo 50. Servicios y auxilios varios. Al artículo 337-A. Para pagar a la Federación Médica el auxilio para la segunda semana médica nacional (Ley 56 de 1936) 5.000 Capítulo 52. Gastos varios. Al artículo 373-A. Para la compra de gabinetes de física y química, destinados a colegios y normales nacionales 20.000 Al artículo 380. Para el pago de sueldos y cuentas pendientes de vigencias anteriores 5.000 Sumas iguales $ 30.000 30.000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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