Reimportación temporal para reparación o alteración. De conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 2.6 del Tratado, la reimportación de mercancía que haya sido exportada temporalmente a Israel para reparación o alteración estará exenta de gravamen arancelario.
Decreto 1100 de 2020 →Vigente
Artículo 39
Reimportación Temporal Para Reparación O Alteración
Decreto 1100 de 2020 · por el cual se desarrollan los compromisos de acceso preferencial arancelario y de origen adquiridos por Colombia en virtud del Tratado de Libre Comercio entre la República de Colombia y el Estado de Israel.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.