Micelio

Artículo 2

º

Decreto 2895 de 1997 · por el cual se crea el Bloque de Búsqueda de los grupos de justicia privada.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Bloque de Búsqueda a que hace referencia el artículo precedente estará integrado por

1.

Los delegados del Fiscal General de la Nación.

2.

Los delegados del Procurador General de la Nación.

3.

Los delegados del Comando General de las Fuerzas Militares.

4.

Los delegados del Director de la Policía Nacional.

5.

Los delegados del Director del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS.

6.

El Consejero Presidencial para la Defensa y Seguridad Nacional.

Parágrafo

El Bloque de Búsqueda estará presidido y coordinado por el Ministro de Defensa Nacional o su delegado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2895 de 1997