Micelio

Artículo 39

Ley 45 de 1979 · sobre Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos de los Establecimientos Públicos Nacionales, para el año fiscal del 1o. de enero al 31 de diciembre de 1980.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las Divisiones Delegadas de Presupuesto ante las entidades vigilarán el cumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley; cuando no exista en la entidad División Delegada de Presupuesto, esta función corresponde ejercerla al Delegado de Presupuesto del Ministerio o Departamental Administrativo al cual esté adscrito el Establecimiento Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 45 de 1979