ARTICULO 1 º. Apruébese la reforma de los artículos 7 y 8 de los Estatutos Sociales de la Fiduciaria La Previsora S.A., autorizada en la Asamblea General de Accionistas de la Fiduciaria La Previsora S.A., y contenida en Acta número 2 de 25 de marzo de 1994, cuyo texto es el siguiente: Artículo 7º. Capital autorizado. El capital autorizado de la sociedad es de siete mil millones de pesos ($7.000.000.000.00) moneda corriente, representados en siete millones (7.000.000) de acciones, cuyo valor nominal es de mil pesos ($1.000) moneda corriente. Artículo 8º. Capital suscrito y pagado. Los accionistas han pagado tres millones doscientos sesenta y nueve mil seiscientas doce (3.269.612) acciones por un valor de tres mil doscientos sesenta y nueve millones seiscientos doce mil pesos ($3.269.612.000.00) moneda corriente, así: ACCIONISTAS VALOR ACCIONES VALOR La Previsora S.A. Compañía de Seguros A 3.068.385 3.068.385.000.00 Caja Nacional de Previsión Social A 201.218 201.218.000.00 Martha Cecilia Rodríguez Barguil B 3 3.000.00 Frank Darío Gómez López B 3 3.000.00 Marco Aurelio Zuluaga Giraldo B 3 3.000.00
Decreto 937 de 1994 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 937 de 1994 · Por el cual se aprueba la reforma de los artículos 7° y 8° de los Estatutos Sociales de la Fiduciaria La Previsora S.A.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.