Los créditos a favor del Montepío Militar que se cedan o traspasen a cualquier título, conservarán los privilegios y preferencias que adquirieron al tiempo del otorgamiento de los documentos en que consten tales créditos, los cuales serán traspasados por el Cajero Liquidador a favor de los compradores, estos pueden pagar su precio con cédulas o certificados expedidos por el Montepío Militar.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.