Micelio

Artículo 5

La Comisión Se Reunirá En Los Días Y Horas Que Señale El Ministerio De Acuerdo Con Ella, Y Se Regirá En Lo Posible Por El Reglamento De La Junta De Vocales De La Oficina General Del Trabajo

Decreto 388 de 1930 · POR EL CUAL SE CREA UNA COMISION PARA LA REVISION DE UN PROYECTO DE CODIGO DEL TRABAJO

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Comisión se reunirá en los días y horas que señale el Ministerio de acuerdo con ella, y se regirá en lo posible por el reglamento de la Junta de Vocales de la Oficina General del Trabajo. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 388 de 1930