º. Los miembros del Equipo de Trabajo Binacional tendrán derecho a pasaporte diplomático y sólo lo podrán utilizar para movilizarse en el exterior en asuntos propios de esta Comisión.
Decreto 1213 de 1997 →Vigente
Artículo 8
º
Decreto 1213 de 1997 · por el cual se designa la parte colombiana, del Equipo de Trabajo Binacional del rio Arauca.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.