Micelio

Artículo 4

El Manejo De Los Depósitos Que Constituyan Las Compañías De Navegación De Acuerdo Con Lo Que Se Dispone En Este Decreto, Y La Comprobación De Los Gastos Que Con Cargo A Ellos Se Hagan, La Rendición De Las Cuentas Y Todas Las Operaciones Y Tramitaciones De Orden Fiscal, Quedan Sujetas A Las Disposiciones De La Contraloría General De La República Que Actualmente Estén Vigentes Y A Las Que Posteriormente Se Dicten Sobre El Particular

Decreto 2638 de 1947 · por el cual se dispone la manera de hacer depósitos para gastos de las Compañías Navieras en el Terminal de Cartagena.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El manejo de los depósitos que constituyan las Compañías de navegación de acuerdo con lo que se dispone en este Decreto, y la comprobación de los gastos que con cargo a ellos se hagan, la rendición de las cuentas y todas las operaciones y tramitaciones de orden fiscal, quedan sujetas a las disposiciones de la Contraloría General de la República que actualmente estén vigentes y a las que posteriormente se dicten sobre el particular. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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