Micelio

Artículo 96

Decreto 1403 de 1994 · por el cual se aprueba el Acuerdo No. 62 del 29 de junio de 1994 del Consejo Directivo del Instituto de Seguros Sociales que adopta la estructura interna y establecen las funciones de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

- La Coordinación de Control de Gestión Financiera cumplirá las siguientes funciones

a)

Apoyar la planeación estratégica y la toma de decisiones de la administración mediante el análisis, evaluación y seguimiento de indicadores y demás información financiera de la seccional.

b)

Establecer y actualizar en coordinación con el Departamento de Gestión Financiera del Nivel Nacional, los indicadores de gestión financiera.

c)

Procesar la información emitida por los diferentes centros de responsabilidad y unidades operativas de la seccional y elaborar y presentar los informes con la periodicidad establecida por el Departamento de Gestión Financiera del Nivel Nacional.

d)

Realizar simulaciones de los planes y operaciones de la seccional bajo diferentes variables.

e)

Concluir y recomendar a la Gerencia Seccional sobre las acciones institucionales a seguir, para cumplir los lineamentos de la planeación estratégica o implantar los correctivos necesarios en forma oportuna.

f)

Actualizar constantemente las herramientas necesarias para el análisis de la gestión financiera.

g)

Las demás que se le asignen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1403 de 1994