º Los Institutos colombianos de "Cooperación Intelectual" en el Extranjero, serán organizados por los Agentes Diplomáticos en colaboración con las comisiones de "Cooperación Intelectual" de las respectivas Naciones. Comuníquese y publíquese.
Decreto 2414 de 1938 →Vigente
Artículo 7
Los Institutos Colombianos De "cooperación Intelectual" En El Extranjero, Serán Organizados Por Los Agentes Diplomáticos En Colaboración Con Las Comisiones De "cooperación Intelectual" De Las Respectivas Naciones
Decreto 2414 de 1938 · Del señor ministro de gobierno sobre el desarme de los ciudadanos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.