La Nación, por conducto del Ministerio de Industrias, procederá a construir en cada uno de los puertos señalados para la introducción de ganados al país, tantos tanques bañaderos cuantos sean necesarios para la desinfección de los animales que por tales puertos entren a la República.
Otro tanto hará el Ministerio de Industrias en todos los Departamentos, Intendencias y Comisarías en donde los ganados se encuentren invadidos por infecciones parasitarias de la piel.