Micelio

Artículo 1

Decreto 480 de 1918 · Por el cual se dispone el licenciamiento de las reservas que fueron llamadas al servicio activo por Decreto número 78 de este año

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Procédase a licenciar las reservas de las Unidades citadas y que fueron llamadas al servicio activo por Decreto número 78, de 12 de enero del año en curso.

Parágrafo

Por el Ministerio de Guerra se darán las órdenes correspondientes para que se les paguen los haberes devengados hasta el día del licenciamiento Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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