Micelio

Artículo 2

Créanse Los Siguientes Puestos Para Los Ferrocarriles De Girardot, Tolima Y Huila-Caquetá, Con Las Asignaciones Mensuales Que Se Indican: Departamento De Tráfico

Decreto 568 de 1930 · Por el cual se dictan varias disposiciones en los ferrocarriles de Girardot, Tolima y Huila - Caquetá (explotación)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Créanse los siguientes puestos para los ferrocarriles de Girardot, Tolima y Huila-Caquetá, con las asignaciones mensuales que se indican: Departamento de tráfico. Jefe de movilización de trenes, con $ 230 Primer Ayudante de tráfico, con 100 Segundo Ayudante de tráfico, con 80 Almacén General. Jefe Contador, con 150 Subalmacenista, con 130 Ayudante, con 60 Estadística. Tres Ayudantes, cada uno con 100 Revisión. Dos Ayudantes, cada uno con Talleres. 100 Talleres Ayudante del Jefe de talleres de Girardot, con 180

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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