Modifiquese el articulo 35 de la Resolucion 100 - 000040 del 8 de enero de 2021, el cual quedara asi: "ARTICULO
35. Grupo de Analisis y Seguimiento Financiero. El Grupo de Analisis y Seguimiento Financiero, adscrito a la Direccion de Supervision Empresarial, tendra las siguientes funciones: 35.1. Hacer seguimiento a la politica de supervision aprobada por el Superintendente de Sociedades en los asuntos de su conipetencia. 35.2 Adelantar las acciones necesarias para el cumplirniento de la Politica de Supervision. 35.3. Adelantar el seguimiento financiero de sociedades de acuerdo con los parametros fijados en la Politica de Supervision. 35.4. Adelantar el seguimiento financiero de las sociedades sometidas a control, con acuerdos de reestructuracion en los que la Entidad acttie como nominadora, asi como las que determine el Director de Supervision Empresarial. 35.5. Practicar las tomas de informacion y hacer los informes de las visitas correspondientes que le sean asignadas por el Director de Supervision Empresarial en asuntos estrategicos, de alto impacto o derivados del cumplimiento de la politica de supervisiOn. 35.6. Remitir los hallazgos de las visitas realizadas a. los grupos de la Entidad que podrian ser competentes para adelantar las actuaciones tendientes a corregirlos o investigarlos. 35.7. Rendir concepto por escrito a solicitud del Director de SupgrvisiOn Empresarial, o el Coordinador del Grupo de Inspeccion, Vigilancia y Control, sobre posibles violaciones a la ley en materia contable; situaciones criticas de orden contable o economico; y demos asuntos que requieran analisis o seguimiento contable, economico o financiero en las sociedades que se asignen." Pagina I 9 tr. it Swcwrigx444.04a a SCA10.4JOS3 listoopm.» mutter everrelo.n. Trccur t.fl r untrfsblia WoWl-SUPDI$1564,LX16$.00,,,C0 WOLIellatle, 0 sylwelOCICKI34 01- 9 0 Y40 1.11,ax irake An ateneklet al doeladano: 01-9000 . it 43 10 Tel eu*or..1: (601)1201000 Colorable Superintendencia de Sociedades