Para que las personas naturales o jurídicas obligadas a retener y girar al Fondo la cuota de fomento algodonero, tengan derecho a que se les acepten como costos deducibles los valores de las compras o de la producción propia de fibra y semilla de algodón durante el respectivo ejercicio gravable, deberán acompañar a su declaración de renta y patrimonio un Certificado de Paz y Salvo por concepto de lo retenido y girado al Fondo, expedido por la entidad administradora del mismo. Igual certificado deberán acompañar a su declaración de renta y patrimonio las personas naturales y jurídicas obligadas a pagar la cuota de fomento algodonero, para tener derecho a deducir como costo el valor de las contribuciones al Fondo, por concepto de pago de cuotas de fomento algodonero, en el respectivo ejercicio gravable.
Ley 219 de 1995 →Vigente
Artículo 16
Deducciones De Costos
Ley 219 de 1995 · por la cual se establece la cuota de fomento algodonero, se crea un Fondo de Fomento y se dan normas para su recaudo y administración.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.