Micelio

Artículo 1

El Aparte Quinto Del Artículo 1º Del Decreto 1356 De 1964, Quedará Así: 5º Departamento De Caldas A) El De Manizales Compuesto Por Los Municipios De Manizales, Aguadas, Aranzazu, Chinchiná, Filadelfia, La Dorada, Marulanda, Manzanares, Marquetalia, Neira, Pácora, Pensilvania, Palestina, Salamina, Samaná, Victoria Y Villamaría

Decreto 1701 de 1964 · Por el cual se modifica y adiciona el Decreto número 1356 del 9 de junio de 1964

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º el aparte quinto del artículo 1º del Decreto 1356 de 1964, quedará así: 5º Departamento de Caldas

a)

El de Manizales compuesto por los Municipios de Manizales, Aguadas, Aranzazu, Chinchiná, Filadelfia, La Dorada, Marulanda, Manzanares, Marquetalia, Neira, Pácora, Pensilvania, Palestina, Salamina, Samaná, Victoria y Villamaría.

b)

El de Anserma, compuesto por los Municipios de Anserma, Belén de Umbría, Belalcazar, Mistrató, Risaralda y Viterbo.

c)

El de Riósucio, compuesto por los Municipios de Ríosucio, Guática, Marmato, Quinchia y Supía

d)

El de Pereira, compuesto por los Municipios de Pereira, Apía, Balboa, La Celia, La Virginia, Marsella, Pueblorrico, Santa Rosa de Cabal y Santuario.

e)

El de Armenia, compuesto por los Municipios de Armenia, Calarcá, Circasía, Filandía, Genova, La Tebaida, Montenegro, Pijao, Quimbaya y Salento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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