Micelio

Artículo 1

Decreto 1985 de 1967 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 245 del 19 de junio de 1967, expedido por el Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Apruébase el Acuerdo número 245 del 19 de junio de 1967 expedido por el Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales, que a la letra dice: Consejo Directivo del ICSS ACUERDO NUMERO 245 DE 1967 (junio 19) por el cual se dicta el Reglamento de Inscripción para los afiliados al Seguro Social Obligatorio de Enfermedad no Profesional y Maternidad; Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales; Invalidez, Vejez y Muerte en la Oficina Local de los Seguros Sociales del Atlántico. El Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales, en uso de sus facultades legales y estatutarias, ACUERDA: Apruébase el siguiente Reglamento de Inscripción para los afiliados al Seguro Obligatorio de Enfermedad no Profesional y Maternidad; Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales; Invalidez, Vejez y Muerte en la Oficina Local de los Seguros Sociales del Atlántico: CAPITULO I CAMPO DE APLICACIÓN

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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