°. Para desempeñar los cargos establecidos en el artículo anterior, destínase al A. R. C. "Almirante Parilla", a los siguientes Oficiales, así: Comandante: Capitán de Corbeta Julio César Reyes Canal, de la Base Naval A. R. C "Bolívar'. Segundo Comandante: Teniente de Navio Jaime Parra Ramírez, del A. R. C. "Antioquia'. Primer Oficial: Teniente de Navio Oscar Herrera Rebolledo, del A. R. C. "Almirante Padilla. Oficial de Armamento: Teniente de Fragata José Alfonso Díaz Osorio, del A. R. C. "Almirante Padilla." Oficial de Electrónica: Teniente de Fragata Julio César Serje Julio, de Personal Agregado de la Dirección General de Marina, en comisión en la Base Naval A. R. C. 'Buenaventura." Oficial de Comunicaciones: Teniente de Fragata Manuel Guillermo Torres Guzmán, de la Escuela Naval de Cadetes. Oficial Ayudante de Armamento: Teniente de Fragata Oscar Perilla Merchán, de la Esuela Naval de Cadetes. Ingeniero Jefe: Teniente de Navio Ingeniero Luis Carlos Rodríguez Zamora, del Departamento Técnico de la Base Naval A. R. C. "Bolívar". Segundo Ingeniero: Teniente de Navio Ingeniero Guillermo Flórez Acuña, de la Escuela Naval de Cadetes. Ingeniero Ayudante: Teniente de Fragata Ingeniero Alvaro Vargas Castro, de Reclutamiento de la Dirección General de Marina. Oficial Médico: Capitán de Corbeta Médico Ariel Díaz Echeverri, del Hospital Naval "Esguerra López." Oficial de Administración: Teniente de Navio de Administración Auxiliar Néstor Ospina Meló, de Personal Agregado de la Dirección General de Marina, en comisión en la Sección M-4 de la misma Dirección.
Decreto 3296 de 1950 →Vigente
Artículo 2
Para Desempeñar Los Cargos Establecidos En El Artículo Anterior, Destínase Al A
Decreto 3296 de 1950 · Por el cual se fija la planta de una Unidad de la Armada Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.