Micelio

Artículo 2

Para Desempeñar Los Cargos Establecidos En El Artículo Anterior, Destínase Al A

Decreto 3296 de 1950 · Por el cual se fija la planta de una Unidad de la Armada Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Para desempeñar los cargos establecidos en el artículo anterior, destínase al A. R. C. "Almirante Parilla", a los siguientes Oficiales, así: Comandante: Capitán de Corbeta Julio César Reyes Canal, de la Base Naval A. R. C "Bolívar'. Segundo Comandante: Teniente de Navio Jaime Parra Ramírez, del A. R. C. "Antioquia'. Primer Oficial: Teniente de Navio Oscar Herrera Rebolledo, del A. R. C. "Almirante Padilla. Oficial de Armamento: Teniente de Fragata José Alfonso Díaz Osorio, del A. R. C. "Almirante Padilla." Oficial de Electrónica: Teniente de Fragata Julio César Serje Julio, de Personal Agregado de la Dirección General de Marina, en comisión en la Base Naval A. R. C. 'Buenaventura." Oficial de Comunicaciones: Teniente de Fragata Manuel Guillermo Torres Guzmán, de la Escuela Naval de Cadetes. Oficial Ayudante de Armamento: Teniente de Fragata Oscar Perilla Merchán, de la Esuela Naval de Cadetes. Ingeniero Jefe: Teniente de Navio Ingeniero Luis Carlos Rodríguez Zamora, del Departamento Técnico de la Base Naval A. R. C. "Bolívar". Segundo Ingeniero: Teniente de Navio Ingeniero Guillermo Flórez Acuña, de la Escuela Naval de Cadetes. Ingeniero Ayudante: Teniente de Fragata Ingeniero Alvaro Vargas Castro, de Reclutamiento de la Dirección General de Marina. Oficial Médico: Capitán de Corbeta Médico Ariel Díaz Echeverri, del Hospital Naval "Esguerra López." Oficial de Administración: Teniente de Navio de Administración Auxiliar Néstor Ospina Meló, de Personal Agregado de la Dirección General de Marina, en comisión en la Sección M-4 de la misma Dirección.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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