Micelio

Artículo 11

Decreto 46 de 1965 · Por el cual se dictan disposiciones sobre control de precios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo once. Las resoluciones de sanción, que se dicten de conformidad con este Decreto, deberán notificarse personalmente; pero si dentro de las 24 horas siguientes a la expedición de la providencia no se hubiere podido hacer la notificación personal, esta se hará por edicto, que permanecerá fijado en el despacho respectivo durante dos días hábiles.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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