Los contratos que celebre la Escuela deben; contener las cláusulas que sobre garantía, caducidad administrativa y reclamaciones diplomáticas exige la ley para j los del Gobierno. La declaratoria de caducidad, llegado el caso, se hace por el Director y cuando la cuantía del contrato sea o exceda de cien mil pesos ($ 100.000.00) moneda corriente, se someterá a la aprobación del Consejo Directivo.
Decreto 225 de 1969 →Vigente
Artículo 27
Los Contratos Que Celebre La Escuela Deben; Contener Las Cláusulas Que Sobre Garantía, Caducidad Administrativa Y Reclamaciones Diplomáticas Exige La Ley Para J Los Del Gobierno
Decreto 225 de 1969 · por el cual se aprueban los estatutos de la Escuela Superior de Administración Pública.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.