Micelio

Artículo 1

Definiciones

Decreto 1590 de 2004 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 201 del 27 de enero de 2004.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Definiciones . Suprímase la definición de Comercializador adoptada con el artículo 1° del Decreto número 201 del 27 de enero de 2004, y se sustituye por cuatro nuevas definiciones que se adicionan al artículo 1° del Decreto 847 del 11 de mayo de 2001, así: “ Comercialización de Energía Eléctrica : Es la actividad de compra de energía eléctrica en el mercado mayorista y su venta a los usuarios finales o a otros agentes del mismo mercado. Comercializador de Energía Eléctrica : Es la empresa de servicios públicos que desarrolla la actividad de comercialización de energía eléctrica. Comercialización de Gas Combustible: Es la actividad complementaria al servicio público domiciliario de gas combustible, que consiste en la compraventa o suministro de gas combustible a título oneroso. Comercializador de Gas Natural : Persona jurídica cuya actividad es la comercialización de gas combustible”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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