Modificar el artículo 16 de la Resolución 100-000041 del 8 de enero de 2021, el cual quedará así: “ARTÍCULO
16. Director de Información Empresarial y Estudios Económicos y Contables. Asignar al Director de Información Empresarial y Estudios Económicos y Contables la facultad de suscribir los siguientes actos: 16.1 Los que impongan multas, sucesivas o no, en los asuntos de su competencia, a quienes incumplan las órdenes de la Superintendencia de Sociedades o que quebranten la ley o los estatutos. 16.2 Los que resuelvan recursos de apelación, la revocatoria directa de oficio o a solicitud de parte y la pérdida de ejecutoria contra los actos proferidos por las dependencias a su cargo. 16.3 Los oficios dirigidos a ordenar la preparación y presentación de información económica, contable, jurídica y financiera de las sociedades y cámaras de comercio con el objetivo de realizar estudios económicos o financieros. 16.4 Los que impongan multas, sucesivas o no, en los asuntos de su competencia, a quienes incumplan las órdenes de la Superintendencia de Sociedades o que quebranten la ley o los estatutos. 16.5 La opinión sobre el estudio remitido en la solicitud de creación de una nueva cámara de comercio, mediante el cual se pretenda acreditar el cumplimiento de las condiciones económicas-sociales, la importancia comercial y las necesidades de la región donde ésta haya de operar. Dicha opinión estará dirigida a la Dirección de Supervisión de Cámaras de Comercio y sus Registros Públicos como parte de la verificación de los requisitos de creación de las mismas. 16.6 Los demás que sean necesarios para el desarrollo de sus funciones.
PARÁGRAFO. El Director de Información Empresarial y Estudios Económicos y Contables podrá suscribir los actos asignados a los coordinadores de los grupos a su cargo”. 6/16 RESOLUCION