Micelio

Artículo 4

Objetivos Comunes De Todos Los Niveles

Ley 1503 de 2011 · por la cual se promueve la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguros en la vía y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adiciónese un literal (i) al artículo 13 de la Ley 115 de 1994 , que quedará así:

Artículo 13. Objetivos comunes de todos los niveles. Es objetivo primordial de todos y cada uno de los niveles educativos el desarrollo integral de los educandos mediante acciones estructuradas encaminadas a:

a)

Formar la personalidad y la capacidad de asumir con responsabilidad y autonomía sus derechos y deberes;

b)

Proporcionar una sólida formación ética y moral, y fomentar la práctica del respeto a los Derechos Humanos;

c)

Fomentar en la institución educativa, prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación y organización ciudadana y estimular la autonomía y la responsabilidad;

d)

Desarrollar una sana sexualidad que promueva el conocimiento de sí mismo y la autoestima, la construcción de la identidad sexual dentro del respeto por la equidad de los sexos, la afectividad, el respeto mutuo y prepararse para una vida familiar armónica y responsable;

e)

Crear y fomentar una conciencia de solidaridad internacional;

f)

Desarrollar acciones de orientación escolar, profesional y ocupacional;

g)

Formar una conciencia educativa para el esfuerzo y el trabajo, y

h)

Fomentar el interés y el respeto por la identidad cultural de los grupos étnicos;

i)

El Ministerio de Educación Nacional, mediante un trabajo coordinado con el Ministerio de Transporte, el Ministerio de Salud y Protección Social y con apoyo del Fondo de Prevención Vial, orientará y apoyará el desarrollo de los programas pedagógicos para la implementación de la enseñanza en educación vial en todos los niveles de la educación básica y media.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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