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Artículo 41

El Artículo 243 Del Decreto 2666 De 1984, Quedará Así: “requisitos Y Formalidades Para La Aplicación De La Franquicia De Derechos

Decreto 755 de 1990 · por el cual se modifica parcialmente el régimen de aduanas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 243 del Decreto 2666 de 1984, quedará así: “Requisitos y formalidades para la aplicación de la franquicia de derechos. En el despacho para consumo con franquicia de derechos se observarán los siguientes requisitos

1.

Presentar la declaración de despacho para consumo indicando la exención que debe aplicarse acompañada de los documentos respectivos.

2.

Presentar el visto bueno o el pronunciamiento previo del organismo o entidad pública, según el caso, o el de la Dirección General de Aduanas reconociendo global o individualmente la exención, cuando corresponda. No se requerirá pronunciamiento previo de la Dirección General de Aduanas cuando las disposiciones legales aplicables no establezcan dicha obligación”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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