Micelio

Artículo 6

Son Funciones Del Director: A)

Decreto 1632 de 1960 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Relaciones Exteriores, y se señalan sus funciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Son funciones del Director: a). Ejecutar, por contacto de las distintas dependencias del Ministerio y de acuerdo con la política o planes de acción adoptados, los respectivos programas; b). Vigilar el cumplimiento de las normas legales orgánicas del Ministerio y velar por el eficiente desempeño de las funciones técnicas y administrativas. c). Dirigir, de acuerdo con las respectivas leyes y normas, lo relacionado con el Servicio Civil y las Carreras Administrativa y Diplomática en el Ministerio. d). Presentar al Ministro, acompañado de su concepto, el proyecto de presupuesto de gastos del Ministerio. e). Coordinar con las entidades públicas y privadas, organismos internacionales o Gobiernos extranjeros, los programas relacionados con los respectivos servicios. f). Tramitar y llevar a la consideración del Ministro los contratos relacionados con los servicios del Ministerio. g). Revisar los proyectos de decreto o de resolución y demás documentos que deban someterse a la aprobación del Ministro. h). Informar al Ministro o al Secretario General de los asuntos que por su naturaleza y urgencia, requieran su inmediata atención. i). Llevar la representación del Ministro, cuando éste lo determine en actos o asuntos de carácter técnico, administrativo o social. j). Recibir y evaluar los informes periódicos de sus subalternos y rendir informes al Ministro; k). Autorizar con su firma los actos que se señalen de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del decreto 0550 de 1.969 l). Presidir el Comité de Coordinación. Oficina Jurídica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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